Por Claudia Patricia Olago*
En el 2001 ingresaron a Venezuela por la misma vía, un grupo de colombianos que a orillas del río Catatumbo, huían de los enfrentamientos entre grupos armados al margen de la ley colombiana. Y es en este año cuando se comienza la recepción de solicitudes de la Condición de Refugiado por parte del ACNUR a las personas con necesidad de Protección Internacional. El ingreso ya no ocurre de una manera masiva, sino en pequeños grupos de familias, que se incorporan a la sociedad de manera silenciosa y sin deseo de hacerse visibles ante las autoridades del Estado venezolano, por miedo a ser devueltas a su país de origen. Tal invisibilidad era para las autoridades y para las organizaciones de derechos humanos, más no para la Cruz Roja Venezolana Seccional Zulia, quien les brindaba asistencia humanitaria. Ese mismo año el Estado venezolano promulgó la Ley Orgánica de Refugiados y Refugiadas, Asilados y Asiladas. (LORRAA)
En el año 2003, ingresaron a Venezuela un promedio de 1000 colombianos proveniente de los departamentos de Norte de Santander y Bolívar, quienes se insertaron en la comunidad de El Cruce, municipio Jesús María Semprun. Muchas de esas personas realizaron su solicitud de la Condición de Refugio ante una Organización de la Iglesia Católica (Caritas de Venezuela) que se encuentra en la zona.
Durante este mismo año, el 28 de julio, se crea y juramenta La Comisión Nacional para los Refugiados de la República Bolivariana de Venezuela y se dicta bajo Decreto Presidencial No. 2.491, el reglamento de la Ley Orgánica para los Refugiados y Refugiadas.
En el mes de mayo del 2004, surgen desplazamientos que ingresan por la Guajira venezolana. Un grupo de 306 personas de la etnia Wayúu de Bahía Portete, llegaron a la parroquia Idelfonso Vásquez del municipio Maracaibo. La Comisión Nacional para los Refugiados de la República Bolivariana de Venezuela otorga por primera vez la Protección Internacional bajo la figura de Protección Temporal Este hecho se firmó en la sede de la Cruz Roja Venezolana Seccional Zulia, quien opera como intermediario entre la población Wayúu y las autoridades venezolanas.
Durante los años 2003 y 2004 el ACNUR, con el objetivo de conciliar la presencia del fenómeno del desplazamiento con necesidad de Protección Internacional, estima un promedio de 200.000 mil personas en toda Venezuela.
En 2005, cuando se creó la Secretaría Técnica Regional para los Refugiados en el estado Zulia, continuaron los desplazamientos masivos de población civil colombiana hacia las zonas de reserva indígena (etnia Bari) por la sierra de Perijá. Específicamente en el pueblo de Saimadoyi, municipio Machiques de Perijá, estado Zulia, aparecen 70 colombianos con sus bienes (ganado).
En el año 2006 ingresaron por la Guajira venezolana 67 indígenas Wayúu provenientes de la población de Poropo, departamento de La Guajira colombiana. Estas personas se insertaron en las parroquias Idelfonso Vásquez y Venancio Pulgar, del municipio Maracaibo.
Este resumen estadístico refleja el número de las personas que han hecho su solicitud de Condición de Refugio en el Estado Zulia ésta es realizada por la Secretaria Técnica para los Refugiados del Estado Zulia, por el ACNUR a través de sus socios operativos y la Cruz Roja Venezolana. Es importante resaltar que las mismas, son cifras oficiales indicadas por la Comisión Nacional para los Refugiados de la República Bolivariana de Venezuela, a través de la Secretaria Técnica para los Refugiados del Estado Zulia (STRZ).
Solicitudes realizadas en el Estado Zulia
- Solicitudes de la Condición recibidas por el ACNUR: 2.504 personas
- Solicitudes de la Condición recibidas por la Secretaría Técnica para Refugiados del Estado Zulia: 2.557 personas
- Se les ha otorgado la Condición de Refugiado: 126 personas
- Les han negado su solicitud a: 43 personas
- Las personas han renunciado al Procedimiento: 40 personas
Solicitudes realizadas en Venezuela
Según las estadísticas suministradas por ACNUR se tiene una información en el ámbito nacional de las personas que se encuentran registradas en su base de datos.
Solicitantes de la Condición de Refugio en Venezuela: 8801, distribuidas de la siguiente manera:
- Zulia: 2504 personas
- Táchira: 2623 personas
- Apure: 2.858 personas
- Distrito Capital (Caracas): 816 personas
De todas estas personas han sido reconocidas como refugiados por el estado Venezolano: 852:
- Zulia: 126 personas
- Táchira: 352 personas
- Apure: 37 personas
- Distrito Capital (Caracas): 288 personas
- Otras no registradas por ACNUR: 49 personas
La Cruz Roja Venezolana Seccional Zulia, realiza un continuo trabajo humanitario en Asistencia Humanitaria, Protección e Integración en la Comunidad Receptora. Desde 1999 brinda la Asistencia Médica en las diferentes comunidades fronterizas receptoras de población con necesidad de Protección Internacional a través de las Jornadas Médicas (consulta general y/o especializada). Esta labor humanitaria que se ha realizado mediante la firma de varios convenios con ACNUR, UNICEF, Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y el Consejo Noruego para los Refugiados (NRC).
Con base en las necesidades planteadas anteriormente la Cruz Roja Venezolana Seccional Zulia ofrece Asistencia Humanitaria, Protección y Apoyo a las personas en situación de Refugio y las Comunidades receptoras en:
- Ayuda Humanitaria: Asistencia Médica, medicamentos y restauración de lazos familiares. Mediante el Convenio de Asistencia Humanitaria con la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) se les entrega alimentos, artículos de higiene personal, insumos para lactantes y un kit de hábitat, entre otros.
- Asesoría Legal: en esta área se ha iniciado en el 2005 y mantenido hasta la presente fecha por medio del Convenio con el Consejo Noruego para Refugiados (NRC). La Cruz Roja Venezolana Seccional Zulia (CRVSZ), ha brindado Asistencia Legal y formación:
Asesoría legal a 1832 personas de los cuales 278 realizaron la solicitud de la condición de refugiado al Estado Venezolano:
- Explicación de sus Derechos, Deberes y el procedimiento establecido por la Ley de Refugio en Venezuela.
- Un acompañamiento a la Secretaría Técnica para los Refugiados del estado Zulia, ante el procedimiento administrativo (Recurso de Reconsideración). Orientación en los Derechos Humanos: el Derecho a la Educación de los niños y para su respectiva inserción escolar, Derechos Laborales, Migratorios, Identidad para la niñez, Libertad de transito.
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- Se les enseña cómo hacer respetar sus derechos humanos:
- Capacitaciones: En Derecho Internacional Humanitario, Derecho Internacional de Refugio, y Derecho Internacional de los Derechos Humanos y aplicación en el ámbito nacional y el procedimiento que establece la Ley en Venezuela, para la solicitud de la Condición. Los mecanismos de defensa existentes en especial para el respeto de los Principios de la No devolución y la No detención por entrada ilegal al País de Refugio, para un total de 2.290 personas.
- Las Autoridades Civiles: Fiscales del Ministerio Público, Educadores, Alcaldías, Sistema de Protección del Niño y del Adolescente, Policías Civiles, Universidades, médicos, representantes del Ministerio de Interior y Justicia (Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (OIDEX), comunidades receptoras indígenas y no indígenas, entre otras.
- Autoridades militares de la Guardia Nacional y el Ejército venezolano.
- Monitoreo: la Cruz Roja Venezolana Seccional Zulia realizó durante los años 2005, 2006 y 2007 en municipios como Páez, Mara, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, La Cañada de Urdaneta, Admirante Padilla, Colón y los Puertos de Altagracia, en donde ha podido determinar que continua el ingreso a Venezuela de personas con necesitan Protección Internacional. Según ACNUR en toda Venezuela existen 200 mil personas de su interés de los cuales el 60% se encuentra en el estado Zulia.
* Directora de Difusión de la Cruz Roja Venezolana - Seccional Zulia
Ayuda Humanitaria Asesoría Legal

Monitoreo Asistencia Médica

Monitoreo en la Guajira Firma del Acta de Protección Temporal
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